domingo, 4 de febrero de 2018

SENTENCIA FRENTE A BANKINTER POR HIPOTECA MULTIDIVISA

Seguimos sumando sentencias positivas para el despacho de nulidad de cláusula multidivisa frente a la entidad BANKINTER.

Nuestros clientes, tenían el préstamo referenciado a francos suizos y no realizaron ningún cambio de divisa. 

En primer lugar, el juez desestimó la excepción de caducidad planteada por la entidad, apoyándose en nuestra Sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid de 9 de enero de 2017, argumentando que nuestra acción no está sujeta a plazo de prescripción, y en cuanto a la acción subsidiaria; nos encontramos ante un préstamo de tracto sucesivo, sin que la entidad haya acreditado hechos reveladores del conocimiento de los riesgos que pudieran dar lugar a su estimación.

El juez declara que la entidad parte de una premisa errónea pues “no estamos ante un contrato de préstamo equiparable a un préstamo hipotecario a interés variable “normal y corriente”, ni ante un producto de mecánica sencilla y de fácil comprensión, como se aduce por la entidad” además, “la operativa en divisas plasmada en el contrato, aunque no sea farragosa si es bastante compleja y no permite de su mera lectura un conocimiento claro y preciso de los riesgos y consecuencias de esta modalidad de préstamo si no va acompañada de una información complementaria, que no se acredita que se realizase, al menos, con la precisión necesaria para cumplir con los deberes inherentes al denominado control de comprensibilidad real” 

Por tanto, no se acreditó por la entidad que facilitara la información suficiente para garantizar la perfecta comprensión de las características de este producto.

La Sentencia declara la Nulidad de la cláusula de opción multidivisa, conllevando:

- La condena a Bankinter a rehacer el cuadro de amortización sobre la base de un préstamo concedido por 365.000 €, deduciendo las cantidades abonadas por los demandantes también en euros, referenciado el préstamo a Euribor más 0,60%, más los intereses legales correspondientes.

- El mantenimiento del resto del contrato de préstamo, considerando el mismo como una operación en euros referenciado a Euribor más 0,60%.

- Se condena a Bankinter al abono de las costas causadas.





Puedes consultar la sentencia completa aquí

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