sábado, 1 de octubre de 2016

¿Legal o Ilegal? ¿Es legal otorgar testamento de puño y letra?

Sí, la expresión de nuestra última voluntad escrito de nuestro puño y letra, es válida en nuestro país, y se denomina Testamento Ológrafo. 

Debido a la especialidad de este testamento, se exige cumplir una serie de requisitos formales para la validez del documento:

- El testador debe ser mayor de edad, lo que no exige otro tipo de testamentos que, en cuanto a la edad se exige ser mayor de catorce años.

- Por supuesto debe estar manuscrito de puño y letra del testador.

- Debe constar la fecha, especificando día, mes y año.

-Por último debe estar firmado por el testador.

La falta de uno de estos requisitos, conllevaría la nulidad del mismo.

Cumplidos estos requisitos formales, la esencialidad del testamento ológrafo, es que quede patente la voluntad de testar, sin que, por supuesto, le sean exigidos términos jurídicos al causante.

Protocolización del testamento

¡Muy importante! El testamento ológrafo debe protocolizarse ante notario en los 5 años posteriores al fallecimiento del causante, transcurrido este plazo ya no será admisible su protocolización, no obstante, quien lo tenga en su poder, por habérselo entregado el causante, deberá entregarlo en el plazo de  10 días al notario para su protocolización, respondiendo de los daños y perjuicios derivados de su incumplimiento.

Inconvenientes

A pesar de la gratuidad y confidencialidad de realizar un testamento ológrafo, lo cierto es que presenta una serie de inconvenientes respecto a aquellos otorgados ante notario, como son;

- El desconocimiento de su existencia por los herederos.

- La facilidad de su posible destrucción, por quien lo tuviere en su poder o quien lo hallare de forma fortuita.

- La imposibilidad de valorar la capacidad del testador al tiempo de otorgarlo.

- El posible desconocimiento del derecho sucesorio por el testador, así como de los requisitos formales que debe cumplir el documento. No será válido si lo dispuesto en el testamento, es contrario a las disposiciones legales sucesorias.

- La autentificación del documento.

Autentificación del testamento ológrafo

Una vez presentado ante notario, y requeridos los interesados, deberá acreditarse la identidad del testador, así como la autentificación del propio documento es decir, acreditar que efectivamente esa letra, y firma pertenecen al testador. 

Cualquiera de los interesados podrán solicitar al notario la presencia de testigos para declarar sobre la autenticidad del testamento, bastando la declaración de 3 de ellos que aseveren no tener duda razonable sobre la letra y firma del testador. A falta de testigos idóneos o si estos albergaran dudas, el notario podrá solicitar la realización de una prueba caligráfica.

Tras acreditar la identidad del testador y autenticidad el testamento, se procederá a su protocolización entregando una copia a los interesados, haciendo constar en el acta las diligencias realizadas. En caso contrario, el notario hará constar la falta de autenticidad del testamento y archivará el expediente.
En todo caso, los interesados podrán acudir a la vía judicial si no estuvieran conformes con la decisión adoptada.

Curiosidades legales… “todo para ti”

En el año 1915, una carta de novios se convirtió en el testamento ológrafo más conocido de la historia legal en España. 

Peñafiel a 24 de Octubre de 1915:

Pacicos de mi vida: en esta mi primera carta de novios va mi testamento, todo para ti, todo, para que me quieras siempre y no dudes del cariño de tu Matilde”

Matilde falleció poco después de escribir la carta, y Pacicos hizo valer en los tribunales esta carta de amor como testamento ológrafo frente a la familia de la causante.

Finalmente, el Tribunal Supremo, en su ya célebre sentencia de 8 de junio de 1918 reconoció los derechos hereditarios de Pacicos contenidos en esa carta de amor, que se consideró testamento ológrafo válido a todos los efectos, pues no solo cumplía con las formalidades exigidas, sino que como se recoge en la propia sentencia: “Doña Matilde pensó, quiso decir de modo cierto y tuvo firme propósito de ordenar su voluntad postrera al decir «va mi testamento»”.

Debido a la problemática que entrañan este tipo de testamentos, siempre es recomendable otorgar testamento ante notario.

¿Tienes dudas sobre un testamento ológrafo? ¿Quieres impugnar un testamento?Podemos ayudarte.

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