martes, 30 de octubre de 2018

NUEVA SENTENCIA DE HIPOTECA MULTIDIVISA EN VALLADOLID

Os anunciamos una nueva sentencia de nulidad de cláusula multidivisa frente a BANKINTER

Nuestro cliente, tenían el préstamo referenciado a yenes y se realizaron dos cambios de divisa, por indicación de la entidas: a francos suizos y nuevamente a yenes.

En primer lugar, la jueza desestimó la excepción de caducidad planteada por la entidad,  argumentando que la acción principal que planteamos no está sometida a plazo de prescripción.

La jueza declara que "En este producto cuanto “más se ha pagado mayor es la deuda”y la inclusión de la opción multidivisa en el préstamo al que se adhiere el consumidor, condición general, sin respaldo probatorio de debida explicación en cuanto riesgos y consecuencias económicas verdaderas para el demandante"

Así, "No se informó de los riesgos que conllevaba el préstamo en divisas, fluctuaciones de los tipos de cambio o posibilidad de incremento del capital pendiente de amortización ni del tipo de cambio vendedor y comprador, ni consta documentación que como oferta contractual explicase las características del producto.
No se explicó que la fluctuación de la divisa podría incluso poner “en riesgo su capacidad de afrontar el pago en caso de una fuerte depreciación del euro respecto de la divisa”

La Sentencia declara que los efectos de la Nulidad de la cláusula de opción multidivisa, conllevan:

- La condena a Bankinter a rehacer el cuadro de amortización sobre la base de un préstamo concedido por 123.000 €, deduciendo las cantidades abonadas por la demandante también en euros, referenciado el préstamo a Euribor más 0,55%, destinando el exceso del pago realizado a la amortización anticipada de capital, más los intereses legales correspondientes.

- El mantenimiento del resto del contrato de préstamo, considerando el mismo como una operación en euros referenciado a Euribor más 0,55%. 

-Se condena a Bankinter al abono de las costas.




Puedes consultar aquí  Sentencia completa


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