miércoles, 17 de octubre de 2018

¿Legal o ilegal? ¿Con 2 años de prisión no entro en la cárcel?

Hace tiempo ya dejábamos claro que no existía una edad máxima para entrar en prisión, pero ¿hay una condena mínima para entrar en la cárcel?.
Existe la leyenda urbana de que cuando alguien es condenado a una pena de 2 años de prisión no entra en la cárcel si no tiene antecedentes penales, sin embargo, el Código Penal no prevé obligatoriamente la suspensión de la pena de prisión, es una decisión que puede tomar el juez que dictó la sentencia, pero tal y como se cree NO es una regla automática.

Siempre que alguien haya sido condenado a pena de prisión inferior a dos años podrá solicitar que ésta quede en suspenso. En este caso, el juez valorará las condiciones del delito, las circunstancias personales del penado, sus antecedentes, y su comportamiento posterior a la comisión del delito, en concreto en cuanto a la reparación del daño causado. 

En todo caso serán condiciones necesarias para su concesión:


- Que el condenado haya delinquido por primera vez, es decir, que  no tenga antecedentes penales por el mismo delito. No se tendrán en cuenta los antecedentes por delitos cuya naturaleza no sea relevante para valorar la comisión de futuros delitos. 
- Que la pena o la suma de las impuestas, no sea superior a 2 años.
- Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles ocasionadas por la comisión el delito.
Excepcionalmente, podrá concederse la suspensión de penas superiores a 2 años, si el condenado padeciera una enfermedad muy grave o  incurable.

El juez podrá condicionar la suspensión de la pena al cumplimiento de determinadas prohibiciones y medidas; por ejemplo: prohibirle residir en un lugar determinado, o la obligación de comparecencia ante el juez o tribunal, o el cumplimiento de determinadas obligaciones que el juez estime necesarias para su rehabilitación social.

La suspensión de la pena podrá durar de 3 a 5 años para las penas de prisión no superiores a 2 años y de 3 meses a un año para penas leves.
El juez podrá revocar la suspensión y ejecutar la pena, si el condenado vuelve a delinquir durante el tiempo que dure la suspensión.

Por tanto, las penas inferiores a 2 años no implican no entrar en prisión, la suspensión de la pena no es un mero automatismo, pudiendo no acceder a la misma cuando concurran razones que aconsejen el cumplimiento de la pena aún cuando pudieran cumplirse los requisitos generales para su concesión.

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