lunes, 10 de septiembre de 2018

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID DECLARA NULO UNA HIPOTECA MULTIDIVISA SUSCRITA POR UNA ABOGADA

Esta sentencia me alegra doblemente. Desde un principio este asunto fue un reto para mí, ya que quien decidió encargarme el procedimiento para anular su préstamo multidivisa fue una compañera, abogada, con muchos más años de ejercicio que yo.
Siempre supe que podríamos conseguirlo, y ahora me alegra anunciaros que la Audiencia Provincial  de Valladolid nos ha vuelto a dar la razón y ha anulado su hipoteca multidivisa, reconvirtiéndola en un préstamo en euros.

En el caso concreto, no se entregó ningún documento precontractual, ni simulaciones con distintas divisas ni distintos escenarios, dado que el préstamo se constituyó en euros la entidad no se explicaron los riesgos que conllevaba cambiar de divisa.
Tanto en primera instancia como en segunda, se deja constancia de la falta de conocimientos financieros de los demandantes, a pesar de que ella fuera abogada

“Los actores son personas de nacionalidad española, residiendo en España y percibiendo sus emolumentos en euros. No consta tuvieran previa experiencia en el manejo de divisas, que operasen en los mercados financieros ni contratasen productos bancarios complejos, de inversión o especulativos de riesgo. Nada alega la entidad bancaria demandada ni consta acreditado en autos de que tuvieran ninguna cualificación profesional o académica en materia financiera
La actora es licenciada en derecho, abogada en ejercicio dedicada a gestiones de recobro para una aseguradora, mientras que su esposo es profesor de enseñanza
secundaria, sin que conste que en sus respectivos ámbitos profesionales se dediquen a materias financieras ni bancarias”

Esta sentencia desestima el recurso de apelación que interpuso por Bankinter frente a la sentencia de primera instancia de 23 de noviembre de 2017, ratificando la nulidad de la cláusula multidivisa, conllevando:

- El mantenimiento del resto del contrato de préstamo, considerando el mismo como una operación en euros con aplicación desde la fecha de su contratación del tipo de referencia Euribor más el diferencial de 0,75%.

- Se condena a Bankinter a recalcular el cuadro de amortización tomando como tipo de interés el Euribor más 0,75%, destinando el exceso del pago realizado por la hipoteca multidivisa, a la amortización anticipada del capital, más los intereses legales correspondientes.

- Se condena a Bankinter al abono de las costas causadas tanto en primera instancia como en segunda instancia.

Los clientes solicitaron un capital de 150.000 €

Antes de la sentencia adeudaban 103.000 € y tras el recálculo su capital se ha visto reducido en 42.000 €, adeudando un capital a día de hoy de 61.000 €
Además abonaban una cuota de 800 € que ahora pasará a ser de 450 €

Puedes consultar aquí la Sentencia completa




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