viernes, 7 de septiembre de 2018

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID CONDENA A CAIXABANK Y ANULA LA HIPOTECA MULTIDIVISA DE UNO DE NUESTROS CLIENTES

Nos alegra anunciaros que la Audiencia Provincial de Valladolid ha ratificado el pasado 13 de marzo de 2018, la sentencia que habíamos obtenido previamente para uno de nuestros clientes sobre su hipoteca multidivisa frente a CAIXABANK.

Llama la atención la Audiencia en la confusa información sobre el préstamo multidivisa  prestada por la testigo:

“sin perjuicio de lo ya apuntado sobre la limitada y confusa información precontractual ofrecida, tampoco la declaración de la testigo Sra. Collantes en el acto del juicio permite concluir que la información verbal sobre los riesgos asumidos fuera exhaustiva y completa, limitándose a manifestar la misma que los actores conocieron y comprendieron los riesgos relativos al tipo de cambio y de interés, pero sin informar sobre las consecuencias que una evolución negativa de los mismos tenía, no solo en el pago de la cuota de amortización (algo previsible), sino también en la cifra de capital prestado pendiente de devolución y en la facultad de resolución anticipada en favor de la entidad (cláusula 6 bis g),

Esta sentencia desestima el recurso de apelación que interpuso por Caixabank frente a la sentencia de primera instancia de 21 de julio de 2017, ratificando la nulidad de la cláusula multidivisa que conllevará:

- El mantenimiento del resto del contrato de préstamo, considerando el mismo como una operación en euros con aplicación desde la fecha de su contratación del tipo de referencia Libor más el diferencial de 0,65%.

- Se condena a Caixabank a recalcular el cuadro de amortización tomando como tipo de interés el Libor más 0,65%, destinando el exceso del pago realizado por la hipoteca multidivisa, a la amortización anticipada del capital, más los intereses legales correspondientes.

- Se condena a Bankinter al abono de las costas causadas tanto en primera instancia como en segunda instancia.

Los clientes solicitaron un capital de 206.673,34 €

Antes de la sentencia debían 179.915,84 € y tras el recálculo su capital se ha visto reducido en 54.561 €,83 €, adeudando un capital a día de hoy de 122.354 €

Nuestros clientes se olvidarán de un producto que nunca se les debió comercializar.

Puedes descargar aquí la Sentencia completa 




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