viernes, 8 de septiembre de 2017

CONDENA A CAIXABANK FAVORABLE A UNO DE NUESTRO CLIENTES CON HIPOTECA MULTIDIVISA

Nos alegra anunciaros que desde este despacho hemos conseguido una nueva Sentencia de nulidad de cláusula multidivisa, esta vez frente a la entidad CAIXABANK.

Nuestros clientes, tenían el préstamo referenciado a yenes y no realizaron ningún cambio de divisa. En primer lugar, el juez desestimó la excepción de caducidad planteada por la entidad, argumentando que la acción principal planteada por esta parte, nulidad de pleno derecho de la cláusula, no está sujeta a plazo de prescripción alguno.

El juez declara que existió una falta de información por parte de la entidad, máxime cuando la propia testigo, empleada de la entidad, declaró que el préstamo multidivisa se formalizaba con cualquier cliente que lo solicitase, pues suponía que conocían el producto.
A mayor abundamiento, no se acreditó por la entidad que facilitara la información suficiente sobre los concretos riesgos y costes asumidos del producto, ya que no se realizó un estudio previo de la capacidad y conveniencia del producto a los actores, como admitió dicha testigo.




Puedes descargarte la Sentencia completa.

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