domingo, 3 de diciembre de 2017

NUEVA CONDENA A BANKINTER POR UNA HIPOTECA MULTIDIVISA A FAVOR DE UNO DE NUESTROS CLIENTES

Este despacho ha conseguido  una nueva sentencia de nulidad de cláusula multidivisa frente a la entidad BANKINTER
Nuestros clientes, tenían el préstamo referenciado a yenes y no realizaron ningún cambio de divisa. 

En primer lugar, el juez desestimó la excepción de caducidad planteada por la entidad, apoyándose en nuestra Sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid de 9 de enero de 2017, argumentando que la acción principal que planteamos no está sometida a plazo de prescripción, y en cuanto a la acción subsidiaria; nos encontramos ante un préstamo de tracto sucesivo, sin que se haya justificado el eventual conocimiento completo y cabal por el prestatario de la existencia de la causa de nulidad invocada a partir de un concreto momento que permita apreciar la caducidad de la acción ejercitada.

El juez declara que no cabe considerar se observaran cumplidamente los deberes de información sobre los caracteres y riesgos que acompañan al préstamo multidivisa, que permitiera a los demandantes trascender la mera legilibilidad y comprensibilidad gramatical del pacto documentado y abarcar un conocimiento real y razonablemente completo de cómo repercute en la economía del contrato, y sobre todo la falta de advertencia sobre el impacto económico tan negativo que pudiera llegar a alcanzar para los clientes.

La Sentencia declara que los efectos de la Nulidad de la cláusula de opción multidivisa, conllevan:

- La condena a Bankinter a rehacer el cuadro de amortización sobre la base de un préstamo concedido por 154.000 €, deduciendo las cantidades abonadas por los demandantes también en euros, referenciado el préstamo a Euribor más 0,60%, destinando el exceso del pago realizado a la amortización anticipada de capital, más los intereses legales correspondientes.

- El mantenimiento del resto del contrato de préstamo, considerando el mismo como una operación en euros referenciado a Euribor más 0,60%. 

-Se condena a Bankinter al abono de las costas.




Puedes consultar la Sentencia completa aquí

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