lunes, 26 de marzo de 2018

NUEVA SENTENCIA DE PRÉSTAMO MULTIDVISA FAVORABLE A NUESTROS CLIENTES

Este despacho ha conseguido  una nueva sentencia de nulidad de cláusula multidivisa frente a la entidad BANKINTER

Nuestros clientes, tenían el préstamo referenciado a yenes y realizaron dos cambios de divisa por indicación de la entidad, a francos suizos y nuevamente a yenes.

En primer lugar, el juez desestimó la excepción de caducidad planteada por la entidad,  argumentando que la acción principal que planteamos no está sometida a plazo de prescripción, y que no es de aplicación la teoría de los actos propios, para justificar la convalidación del contrato, ya que un acto nulo no se puede convalidar.

El juez declara que "no consta probado que se explicara convenientemente para la comprensión de las características y riesgos del producto ofrecido", "lo único probado es que el demandante, firmó la escritura de préstamo hipotecario de un préstamo en divisas, un préstamo que la propia entidad considera sencillo y comprensible en sí mismo". 
Así, no puede concluirse, hecho cuya prueba incumbe al banco, que se le informara al demandante expresamente de los riesgos que entrañaba la contratación de un préstamo multidivisa, especialmente en lo referente al aumento del capital prestado en su conversión en euros. Resulta por tanto notoriamente insuficiente, el contenido del propio contrato para que el prestatario pudiera comprender la mecánica de la operación de préstamo que estaba contratado y los riesgos que entraña la misma.

La Sentencia declara que los efectos de la Nulidad de la cláusula de opción multidivisa, conllevan:

- La condena a Bankinter a rehacer el cuadro de amortización sobre la base de un préstamo concedido por 175.000 €, deduciendo las cantidades abonadas por los demandantes también en euros, referenciado el préstamo a Euribor más 0,66%, destinando el exceso del pago realizado a la amortización anticipada de capital, más los intereses legales correspondientes.

- El mantenimiento del resto del contrato de préstamo, considerando el mismo como una operación en euros referenciado a Euribor más 0,66%. 

-Se condena a Bankinter al abono de las costas.





Puedes descargar la sentencia completa aquí

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