Seguimos sumando sentencias positivas para el despacho de nulidad
de cláusula multidivisa frente a la entidad BANKINTER.
Nuestros clientes, tenían el préstamo referenciado a
francos suizos y no realizaron ningún cambio de divisa.
En primer lugar, el juez desestimó la excepción de
caducidad planteada por la entidad, argumentando que nuestra acción no
está sujeta a plazo de prescripción, y en cuanto a la acción subsidiaria; nos
encontramos ante un préstamo de tracto sucesivo, y en cuanto a la toma de conocimiento
por parte de los clientes, no sería hasta enero de 2015 en que tomaran conocimiento
de los riesgos del préstamo.
El juez declara que la entidad parte de una premisa errónea pues “se considera acreditado que el Banco no
facilitó a los demandantes toda la información necesaria para cumplir con los
deberes inherentes al denominado control de transparencia. Por ello no supera
el control de transparencia material y se debe considerar nula la clausula”
La Sentencia declara la Nulidad de la cláusula de opción multidivisa,
conllevando:
- La condena a Bankinter a rehacer el cuadro de
amortización sobre la base de un préstamo concedido por 168.000
€, deduciendo las cantidades abonadas por los demandantes también en
euros, referenciado el préstamo a Euribor más 0,60%, más los
intereses legales correspondientes.
- El mantenimiento del resto del contrato de
préstamo, considerando el mismo como una operación en euros
referenciado a Euribor más 0,60%.
- Se condena a Bankinter al abono de las costas
causadas.
Puedes consultar aquí la Sentencia completa
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