lunes, 4 de mayo de 2020

Fase 0 de la desescalada: qué se puede hacer desde el día 4 de mayo

A partir de hoy día 4 de mayo, comienza la fase 0 o fase inicial de la desescalada con la apertura al público de aquellos locales y establecimientos del comercio minorista que deberán cumplir con unas medidas higiénicas adecuadas para la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos y de los trabajadores. 
Además, para todos los ciudadanos que viajen en transporte público será obligatorio el uso de mascarilla. Y para aquellos que utilicen su vehículo privado (de hasta 9 plazas), también será obligatorio el uso de mascarilla, pudiendo desplazarse 2 personas por cada fila de asientos.

Si bien se nos ha informado de que cada fase tendrá una duración de 2 semanas, el BOE publicado en el día de ayer, establece que la vigencia de esta orden ministerial (Orden SND/388/2020) comenzará el día 4 de mayo y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

Apertura del pequeño comercio y de prestación de servicios

-Se permite la reapertura del comercio y locales de prestación de servicios de menos de 400 m2 que hubieran suspendido su actividad durante el estado de alarma. El resto de establecimientos que ya tuvieran permitida la apertura, continuarán en las mismas condiciones que tenían desde la entrada en vigor del real decreto. 

-Se establecerá un sistema de cita previa que permita la atención de un único cliente por trabajador.

-Se garantizará la atención con la debida separación mínima de 2 metros, o de 1 metro siempre que existan barreras de protección.

-Se establecerá un horario de atención preferente para personas de más de 65 años, que deberá hacerse coincidir con su franja horaria para dar paseos.

-Se podrán establecer sistemas de recogida en el local de productos adquiridos, siempre que no se produzcan aglomeraciones en el local o su acceso.

Medidas de higiene en los establecimientos y locales abiertos al público

-En estos locales se realizará 2 veces al día 1 limpieza y desinfección del local.

-Se procederá al lavado y desinfección diaria de los uniformes o ropa de trabajo que haya estado en contacto con cliente.

-Se garantizará una ventilación adecuada de los establecimientos y locales comerciales.

-No se utilizarán los aseos de los establecimientos por los clientes salvo si fuera estrictamente necesario.

-Todos los establecimientos deberán disponer de papeleras a ser posible con tapa y pedal.

Medidas de protección e higiene aplicables a los clientes

-El tiempo que permanecerá el cliente en el establecimiento será el estrictamente necesario para la prestación del servicio.

-Si fuera posible  la atención de más de un cliente en el establecimiento, deberá señalizarse la distancia de seguridad de 2 metros mediante marcas en el suelo, balizas, cartelería y señalización.

-Se pondrá a disposición del público en la entrada del establecimiento geles hidroalcohólicos con actividad virucida.

-En establecimientos que cuenten con zonas de autoservicio, éste será prestado por un trabajador y no por el cliente para evitar la manipulación de alimentos.

-No se pondrá a disposición de los clientes productos de prueba.

-En establecimientos con probadores de ropa, se utilizarán por una única persona y serán limpiados y  desinfectados tras cada uso.

Las prendas de ropa que sean probadas y no adquiridas por un cliente deberán ser higienizadas antes de que sea facilitada a otros clientes.

Bares y restaurantes

-Podrá prestarse el servicio mediante entrega a domicilio (tal y como venía haciéndose) si bien se añade la posibilidad de recogida de pedidos en los establecimientos por parte de los clientes, que realizarán los pedidos por teléfono o internet, continuando la prohibición de consumir en su interior.

-Podrá establecerse un horario de entrega preferente para mayores de 65 años, dependientes, u otros colectivos vulnerables a la infección.

-El establecimiento fijará un horario de recogida de pedidos, y contará con un espacio habilitado en el cual se garantizará la debida separación física, mediante la instalación de mostradores y mamparas si fuera necesario. 

-Los establecimientos solo permanecerán abiertos durante el horario de recogida de pedidos.

Medidas de protección e higiene para los clientes y aforo para los establecimientos de hostelería y restauración.

-El tiempo que permanecerá el cliente en el establecimiento será el estrictamente necesario para recoger su pedido.

Se pondrá a disposición de los clientes:

-A la entrada del establecimiento, geles hidroalcohólicos virucidas.
-A la salida del establecimiento, papeleras con tapa de apertura no manual y con bolsa de basura.

-Si fuera posible  la atención de más de un cliente en el establecimiento, deberá señalizarse la distancia de seguridad de 2 metros mediante marcas en el suelo, balizas, cartelería y señalización.

-Si no fuera posible la atención individual de más de un cliente al mismo tiempo, el acceso se realizará de forma individual y no se permitirá la permanencia en el interior de más de un cliente.


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