miércoles, 24 de junio de 2020

Comunicar una herencia sin herederos al Estado tiene "premio"

En esta entrada, te contábamos quién hereda cuándo no hay testamento.
Cuando alguien fallece sin testamento, la herencia se divide entre los herederos que la Ley denomina legitimarios. De acuerdo con el Código Civil, serán llamados a la herencia las siguientes personas por este orden: hijos y descendientes, padres y ascendientes, cónyuge viudo, hermanos y sobrinos, tíos, y en último lugar los primos, ya que la sucesión intestada (o sin testamento) únicamente se extiende hasta el cuarto grado. A falta de estas personas heredará el Estado.

Como vemos, el hecho de que herede el Estado es una cuestión poco común, pues no debe existir ninguno de estos parientes, sin embargo, en los últimos años, hemos visto cómo muchos herederos renunciaban a las herencias a las que eran llamados a heredar, sucediéndoles el Estado.

Procedimiento

El procedimiento se iniciará de oficio, o por denuncia por parte de quien tenga conocimiento de ello y será competente para su tramitación la Delegación de Economía y Hacienda correspondiente al lugar del último domicilio conocido del causante en territorio español.
Tras realizar los actos y comprobaciones que resulten necesarios para determinar la procedencia de los derechos sucesorios de la Administración General del Estado se realizará un inventario con los bienes y derechos del causante.

¿Qué efectos tiene y cómo se reparte la herencia?

Puedes seguir leyendo esta entrada en el portal de Idealista

No hay comentarios:

Publicar un comentario